
Luego de la petición elaborada por la Unidad Especializada en Investigación de Robo de Ganado, el Juez de Control y Juicio Oral Penal resolvió el auto de vinculación a proceso en contra de José Fidel N N por su probable responsabilidad en el hecho delictivo de Abigeato Calificado.
La audiencia inicial tuvo lugar, después de una orden de comparecencia solicitada por el fiscal a cargo de la carpeta de investigación; el probable responsable no atendió de manera injustificada la notificación que se le hizo de manera formal de asistir a la diligencia.
Durante la sesión, el Agente del Ministerio Público sostuvo comunicación con el imputado, a quien informó que la conducta ejercida y sancionada penalmente tuvo lugar el día cuatro de diciembre del año 2022, aproximadamente a las 10:00 horas; José Fidel de manera instantánea y dolosa se apoderó de 25 bovinos de diversas razas que se encontraban en el interior de un potrero localizado en la comunidad de Villa Juárez, perteneciente al municipio de Asientos.
Todos ellos identificados con aretes oficiales SINIIGA, realizando el apoderamiento sin derecho y sin consentimiento del propietario; además de cometerlo de manera instantánea y dolosa.
Tomando como punto de partida la denuncia presentada, el Agente del Ministerio Público integró la carpeta con los registros de las averiguaciones emprendidas por los Agentes de Investigación.
Establecida la probable responsabilidad de José Fidel y por no atender de manera injustificada las notificaciones que la Unidad Especializada en Investigación de Robo de Ganado realizó en tiempo y forma, el Juez de Oralidad giró una orden de comparecencia en su contra, mandato judicial solicitado previamente y en audiencia privada por el fiscal; haciendo una relación de los hechos atribuidos al probable responsable y con la finalidad de formalizar la imputación en su contra.
Con la exclusiva competencia para juzgar y hacer ejecutar la ley, el Juez de Oralidad dictó el auto de vinculación a proceso en contra del imputado por su probable intervención en el hecho delictivo deAbigeato Calificado. Acogiendo la solicitud de la fiscal, el Órgano Jurisdiccional impuso medidas cautelares marcadas en el Código Nacional de Procedimientos Penales las cuales resaltan la firma mensual ante el juzgado, prohibición de salir del Estado, la prohibición de acercarse al lugar de apoderamiento, a la víctima y los testigos. Con un cierre de investigación complementaria comprendido de dos meses.